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Defensoría de la Niñez logra que Corte de Apelaciones revierta dictamen de Seremi de Salud y se concrete la entrega de 100 litros de agua para cada habitante de Petorca

La Defensoría de la Niñez logró revertir y anular “por arbitraria” una resolución de la Seremi de Salud de Valparaíso, que dejaba sin efecto la decisión de asegurar la entrega de 100 litros para consumo diario personal en la zona de Petorca, cumpliendo con lo que establece la Organización Mundial de la Salud como el mínimo para poder vivir.

La Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, llevó el caso hasta la Corte de Apelaciones de Valparaíso a través de un recurso de protección, el que fue resuelto favorablemente. Al respecto, señaló que “estamos muy contentos de la resolución que ha dictado la cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, acogiendo nuestro recurso de protección que pretendía que se declarara arbitraria una resolución dictada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud que, precisamente lo que hacía, era dejar sin efecto otra resolución que aseguraba la entrega de a lo menos 100 litros de agua para consumo personal de las personas de Petorca”.

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Patricia Muñoz agregó que es un “fallo relevante, donde ahora queda vigente la instrucción de la entrega de 100 litros de agua como un mínimo para poder vivir, especialmente en la situación de pandemia que vivimos. Además, es valorable porque considera el interés superior de niños, niñas y adolescentes y esperamos que la Secretaría Regional Ministerial de Salud ejecute pronto este fallo y entregue los 100 litros que corresponden”.

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El fallo indica que “Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza la alegación de extemporaneidad y en cuanto al fondo, se acoge el recurso de protección deducido por la Defensora de la Niñez en favor de los niños, niñas y adolescentes de la comuna de Petorca que se individualizan y en contra del Ministerio de Salud y el Secretario Regional Ministerial de Salud, solo en cuanto o se deja sin efecto la Resolución N° 458 de fecha 16 de abril de 2020, dictada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso, por falta de fundamentación. Acordada con la prevención del Ministro Sr. Gómez quien en virtud de acoger el recurso, estuvo por dejar expresamente establecido que se mantiene la vigencia de la Resolución N° 456 de fecha ocho abril de 2020 dictada por la recurrida”.

Cabe recordar que, en su momento, el titular de la oficina regional de Salud, Sr. Francisco Álvarez, que actualmente se recupera de haber padecido Covid-19, justificó el cambio indicando que respondía a la situación hídrica de la zona, donde los recursos de agua eran muy reducidos para todos los sectores involucrados, anulando la medida que previamente había firmado y que ordenaba la entrega de 100 litros de agua por persona.

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