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Tribunal Ambiental respalda decisión sobre proyecto minero en Cabildo

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada contra la determinación del Servicio de Evaluación Ambiental de Valparaíso, que exime al proyecto minero "Prórroga Vida Útil de Depósito de Pasta Cabildo" de someterse al SEIA antes de su ejecución.

El Segundo Tribunal Ambiental ha respaldado la decisión del Servicio de Evaluación Ambiental de Valparaíso en relación con el proyecto minero «Prórroga Vida Útil de Depósito de Pasta Cabildo. La reclamación presentada en contra de la determinación del SEA, que estableció que el proyecto no requería someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de manera previa a su ejecución, ha sido rechazada por el tribunal.

El fallo del tribunal señaló que la modificación propuesta, que busca extender la vida útil del Depósito de Pasta Cabildo, no constituye un cambio de consideración sustancial en los impactos ambientales del proyecto, los cuales ya fueron evaluados. En este sentido, se concluye que la resolución del SEA se ajusta a derecho al rechazar la solicitud de invalidación presentada por la reclamante.

Cabe señalar que, la reclamación fue interpuesta por la junta de vecinos Peñablanca, luego de que la dirección regional del Servicio de Evaluación Ambiental de Valparaíso determinara que el proyecto, impulsado por Compañía Minera Las Cenizas S.A., no requería ingresar al SEIA. Además, se rechazó la solicitud de invalidación presentada en contra de esta decisión.

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En este contexto y en respuesta a las alegaciones de falta de información, el tribunal recuerda que la consulta de pertinencia es responsabilidad del proponente, quien debe asegurar la veracidad de la información proporcionada. No obstante, esto no exime al proponente del cumplimiento de la normativa ambiental aplicable ni de obtener las autorizaciones sectoriales necesarias para la ejecución del proyecto.

Finalmente, el tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos, quien redactó la sentencia.

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